Cuando una mercadería proveniente del
exterior se despacha a plaza a un país, para luego volverla
a embarcar con cualquier destino. Se dice que esa mercadería
a sido “reexportadas”, por que ha sufrido dos exportaciones:
Desde su país de origen asía el territorio de
tal o cual país y desde hay asía un tercero después.
Régimen Aduanero:
Tratamiento aplicable a todas las mercaderías
sujetas al control de la aduana, respecto de las leyes y reglamentos
aduaneros y de conformidad a su naturaleza y al objetivo de
cada operación.
Reimportación:
Respecto de mercaderías que se exportaron,
cuando vuelven, por cualquier causa, al país de donde
son originarias, o con respecto a mercaderías extranjeras
introducidas al país, si son exportadas para volver
a importárselas nuevamente por cualquier motivo más
tarde.
Reintegro:
Es el régimen por el cual se restituyen
total o parcialmente, los importes que se hubieran pagado en
concepto de tributos interiores por la mercaderia o servicio
que se exporta definitivamente.
Restricciones o prohibiciones
aduaneras:
A las franquicias aduaneras se les suele oponer
numerosos procedimientos de restricciones del comercio de
importación y exportación; estas prohibiciones
pueden ser generales, limitadas, permanentes o temporales,
se explican por diversas finalidades: fiscales, protección
industrial o comercial, protección de la salud pública,
defensa de la propiedad intelectual o artística, etc.
Retorsión:
Hay retorsión cuando un Estado aplica
a otro Estado la misma restricción o prohibición
que éste, en uso de un derecho, ha aplicado en detrimento
de los intereses de aquél.
Ronda Uruguay:
La última de las grandes negociaciones
celebrada bajo los auspicios del GATT con el fin de liberalizar
el comercio mundial de bienes y de servicios. Se inició en
Punta del Este (Uruguay) en 1986 y se concluyó en
Marraquech en 1995. Fue mucho más ambiciosa que sus
antecesoras (Ronde Dillon, Ronda Kennedy, Ronda Tokio), puesto
que superó con creces el objetivo tradicional y primordial
del desmantelamiento arancelario y procuró, por otra
parte, una mayor integración de los países
en desarrollo en el sistema comercial multilateral. Dio nacimiento
a la OMC.
Salida tempotal. Exportación
temporal:
Régimen suspensivo de derechos, al
amparo del cual determinadas mercancías, nacionales
o nacionalizadas, pueden salir temporalmente del país
sin incurrir en las obligaciones que causaría su exportación,
siempre que sean perfectamente individualizables e identificables,
y que los interesados se comprometan a retornarlas dentro
de los plazos reglamentarios.
Salvaguardas:
Medidas excepcionales de protección que
utiliza un país para proteger temporalmente a determinadas
industrias nacionales que se encuentran dañadas o que
se enfrentan a una amenaza de daño grave, debido a un
incremento significativo de las mercancías que fluyen
al mercado interno en condiciones de competencia leal.
Sistema armonizado:
Sistema armonizado de designación y
clasificación de las mercancías. Nueva nomenclatura
universal de las mercancías adoptada por el Consejo
de Cooperación Aduanera y aplicada por la mayoría
de los países del mundo.
Sistema de franjas de precios:
Es un mecanismo de estabilización de
los precios internos a través de la fijación
de un precio de referencia "piso" y un precio de
referencia "techo" entre los cuales se desea mantener
el costo de importación de un determinado producto.
La estabilización se logra aumentando el arancel ad-valorem
(general) cuando el precio internacional cae por debajo del
nivel piso, y rebajando dicho arancel, hasta cero, cuando
dicho precio aumenta por encima del techo.
Sobrestadía:
El dinero pagado por el exportador por los retrasos
en la carga, descarga o por ocupar espacio en un puerto o almacén
más allá de un plazo especificado.